BASES LEGALES DEL CONCURSO “SHOTFEST ”
1. ENTE ORGANIZADOR Y GESTOR DEL CONCURSO. OBJETO DEL CONCURSO.
1.1. Mediante las presentes Bases Legales (en adelante, las “Bases”), la compañía 014 DS MEDIA, S.L. (en adelante, la “Entidad organizadora”) con CIF B86986478 y con domicilio social sito en Calle Alcalá 106, Planta 1ª de Madrid (C.P 28045 – Madrid), con CNAE 7311 (agencia de publicidad) perteneciente al grupo de empresas denominado “Grupo 014”, con el objetivo de promocionar e incentivar el sector de la publicidad en el ámbito del cine (a través de los “spots” publicitarios emitidos – en soporte gran pantalla – antes de la emisión de largometrajes, cortometrajes, filmes o producciones análogas), establece las normas o bases internas reguladoras por las que se rige el concurso denominado “SHOTFEST ”(en adelante, el “Concurso”).
1.2. El hecho de participar en el presente Concurso conlleva, necesariamente, la aceptación de las presentes Bases legales por cualquiera de sus potenciales participantes.
2. ÁMBITO TERRITORIAL
2.1. El ámbito territorial del Concurso será todo el Estado español (Se entiende incluido, en dicho ámbito territorial: Península, Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y Melilla). En adelante, como “Ámbito territorial” del Concurso.
2.2. El Ente organizador se reserva, expresamente, el derecho a alterar el ámbito territorial y temporal del Concurso, bien sea por causas de fuerza mayor derivadas de una avería en la red telefónica o de Internet, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos, o bien, por un deficiente funcionamiento de las compañías suministradoras de dichos servicios, entre otras causas más); así como por cualquier otra causa y/o motivo que pueda ser alegado por la entidad organizadora como causa de modificación, cambio, alteración o anulación de los ámbitos territoriales y temporales del Concurso.
2.3. La alteración del Concurso, la modificación del ámbito territorial y/o del ámbito temporal no dará lugar a ningún derecho resarcitorio y/o indemnización a cualquier tercero, ya sea un eventual participante y/o cualquier tercera persona o entidad jurídica.
2.4. Podrán participar en el concurso todas aquellas personas que cumplan con los requisitos de las presentes Bases (en adelante, el “Participante” o el “Concursante”).
2.5. 014 DS MEDIA, S.L., actuando en calidad de entidad organizadora y gestora del Concurso, se reserva el derecho a poder solicitar, si así lo estimase oportuno: la exhibición del DNI, – o el documento de identidad que corresponda en su caso (NIE /NIF Pasaporte, tarjeta de residencia, etc.) y/o documento análogo -, al/los beneficiarios/s del premio en el momento de su entrega personal.
3. DURACIÓN
3.1. Serán objeto de una eventual participación en el Concurso todos aquellos spots publicitarios que se hayan emitido en salas de cine españolas (incluyéndose Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla), a través de gran pantalla y dentro del período temporal comprendido entre el 1 de enero del año en curso y el 31 de diciembre de (ambos incluidos). No se admitirá la participación de aquellos “spots” o anuncios anteriores a dicho período temporal, o que sean emitidos con posterioridad al mismo.
3.2. Los potenciales participantes en el Concurso deberán rellenar el formulario de participación antes del día 15 de enero a las 23:59 horas. No se admitirá la inclusión de aquellos participantes que registren el formulario con carácter posterior a este día y a esta hora límite. El Concurso se celebrará en día y fecha por determinar
3.3. En caso de necesidad, la entidad organizadora, por su propia cuenta o a través de terceros debidamente habilitados por esta, podrán ampliar el periodo temporal de registro participativo citado en el punto 3.2 anterior, comunicándolo a través de los diferentes canales de comunicación del Concurso, preferentemente a través de la página web oficial del Concurso y/o a través de las redes sociales que eventualmente puedan existir. Igualmente, la entidad organizadora estará facultada para suprimir el Concurso, si así lo estimara oportuno, previa comunicación por idénticos canales indicados. Ningún tercero tendrá derecho a reclamar a la entidad organizadora ningún tipo de reclamación indemnizatoria o resarcitoria debido a la supresión del Concurso.
4. CARÁCTER GRATUITO
4.1. El Concurso, y su participación, es completamente gratuito y no implica, por si mismo, el pago adicional de ninguna contraprestación, tasa, canon, precio, público o privado, para la participación o, en su caso, para la obtención de cada uno de los premios que son objeto del Concurso.
5. PREMIO DEL CONCURSO
5.1. Se entregará, para cada potencial participante en el Concurso, UN (1) premio, de naturaleza única, personal e intransferible.
5.2. Los premios oficiales del Concurso serán, en suma, los tres siguientes más los cuatro finalistas:
- Premio SHOT al Mejor Spot del año + 2 finalistas;
- Premio Especial del Jurado;
- Premio Nuevos Realizadores + 2 finalistas.
5.3. Cada modalidad de Premio proporcionará, al concreto participante que lo haya obtenido, un premio consistente en un trofeo oficial del “Shotfest 2024”. Se limita UN (1) premio para UNA (1) sola persona física/participante.
5.4. Todos los premios que aquí se relacionan son personales e intransferibles, de manera que, si el ganador del premio: (i) no quiere aceptarlo voluntariamente, o bien, (ii) no puede aceptar el premio por cualquier circunstancia, sea justificada o no la misma, este ganador no podrá ceder su premio a favor de una tercera persona que no sea él mismo.
5.5. Sólo se podrá asumir la percepción de (1) un premio a través de una sola persona física y a título individual. No se podrá solicitar, por parte del ganador del premio, su sustitución o alteración por una cuantía económica o por otra modalidad de prestación dineraria de análoga naturaleza.
6. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO
6.1. El participante en el Concurso, únicamente, podrá ser una persona física y mayor de edad (+18 años), y podrá participar, únicamente, a título individual.
6.2. Como consta indicado en la Base Tercera, podrán ser objeto de una eventual participación en el Concurso todos aquellos spots publicitarios que se hayan emitido en salas de cine sitas en territorio español (incluyéndose: Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla) en un periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre (ambos incluidos). No se admitirá la participación de aquellos “spots” o anuncios anteriores a dicho período temporal, o bien, que sean emitidos con posterioridad a dicha fecha límite de 31 de diciembre.
6.3. Los Participantes, cumplidos los requisitos previstos en los puntos 6.1. y 6.2. anteriores, podrán participar en el Concurso a través del proceso de cumplimentación de un formulario oficial de participación, que se encuentra en la página web oficial: www.shotfest.es antes del día 15 de enero a las 23:59 horas. No se admitirá la inclusión en calidad de participante de aquellas eventuales inscripciones que se registren con carácter posterior a este día y hora límites.
6.4. El formulario oficial contemplará los siguientes datos, que deben ser cumplimentados en su integridad por los usuarios que quieren obtener la condición de participantes en el Concurso, a saber:
- Anunciante (persona física o jurídica);
- Marca;
- Denominación completa de la Agencia;
- Nombre y apellidos del Director;
- Url a través del cual poder visualizar o descargar el spot;
- Datos de la persona de contacto y teléfono de contacto.
6.5. La cumplimentación del formulario constituye un requisito preceptivo e ineludible para poder considerar a cada uno de los usuarios como Participantes en el Concurso. Sin cumplimentar, de manera íntegra y completa, los anteriores datos solicitados en el formulario oficial no será posible la obtención de la condición de Participante en el Concurso.
Cada usuario se hace responsable de los datos que proporcione en respuesta a los apartados preestablecidos en dicho formulario. Los usuarios participantes serán los únicos responsables de las informaciones, datos, documentación, enlaces Url facilitados, etc. en dicho formulario, exonerando al ente organizador de cualquier error u omisión de datos que hayan proporcionado.
Los datos erróneos, de manera voluntaria o involuntariamente; tachaduras; url que presenten fallos o errores de enlace y que imposibiliten su visualización, o bien, cuya visualización no presente los requisitos de calidad idóneos a criterio del ente organizador para poder valorar la propuesta participante, serán responsabilidad exclusiva del participante, que deberá asegurarse de cumplimentar todos los datos de manera correcta y diligente.
La participación podrá conllevar la eventual obtención de un premio en el seno del Concurso. No obstante, se informa que la mera participación en este Concurso no conllevará, per se, la obtención de un premio seguro.
6.6. En el caso exclusivo del Premio en la modalidad “Nuevos realizadores”, la duración máxima de cada “spot” será de, como máximo, veinte (20) segundos de duración. Aquellos spots que superen esta duración máxima de 20 segundos de duración no podrán ser objeto de participación en esta concreta modalidad o tipología de premio y, por consiguiente, no podrán ser objeto de análisis por parte del jurado a la hora de competir por dicha modalidad.
6.7. El Concurso se celebrará presencialmente el día y fecha que se anuncie públicamente.
6.8. El proceso de entrega personal del premio a cada ganador se hará de manera presencial y física, en el momento de celebrase el acto presencial del Concurso que se señala en el punto 6.7. anterior, de manera individual, y acorde con un proceso de selección de cada ganador según los criterios empleados por un jurado integrado por profesionales y expertos en la materia, agentes relacionados con el sector de la publicidad y el ámbito del cine, que valoraran las distintas propuestas de participación según criterios objetivos de profesionalidad, calidad, creatividad y originalidad de las propuestas presentadas. La emisión de la propuesta ganadora, en cada una de las respectivas modalidades, se formulará desde una perspectiva totalmente objetiva y valorando los parámetros anteriormente mencionados.
7. CONCURSO Y COMUNICACIÓN DEL GANADOR
7.1. Solo se permite la asignación de UN (1) premio para UNA (1) persona física (en adelante, el “Ganador”) que esté integrado entre los Participantes de la Promoción.
7.2. El Ganador será beneficiario, a título individual y una vez finalizado el acto del Concurso, de la obtención del premio previsto en la Base Quinta anterior.
7.3. En el caso que, por cualquier circunstancia, el Ganador manifestase en el acto presencial que no puede, o bien, que no quiere aceptar voluntariamente el premio referido desde el momento de la comunicación, o renunciasen al mismo, el premio quedará desierto, pudiendo reintegrar el premio para que otro potencial Participante lo pueda obtener por el mismo proceso aleatorio de la ruleta.
7.4. El premio obtenido no será canjeable, bajo ningún concepto, en metálico, ni por cualquier otro premio. La organización no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador. Queda prohibida la comercialización y/o venta de los premios obtenidos.
8. RESPONSABILIDADES
8.1. La entidad organizadora no se hará responsable de todas las incidencias y sucesos de todo orden que sean provocados por una avería en el funcionamiento del Concurso, en su caso, debido a un caso de fuerza mayor (por ejemplo, imposibilidad de registrar algún participante, interrupción o pérdida de una llamada, etc.) ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos, o bien por un deficiente funcionamiento de las compañías suministradoras de dichos servicios).
8.2. Tampoco se hace responsable la entidad organizadora por la imposibilidad de registrar algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales, como consecuencia de documentos y/o escrituras que, en su caso, resulten intangibles, incompletas, erróneas o falsas.
8.3. La entidad organizadora no se hace responsable de los eventuales defectos o vicios ocultos que pueda presentar el premio y que sean imputables a la empresa fabricante o distribuidora del mismo, ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales, atmosféricos, o bien por un deficiente funcionamiento de las compañías suministradoras de dichos servicios.
9. PROTECCIÓN DE DATOS/ DERECHOS DE IMAGEN
9.1. Mediante la aceptación de estas bases, todos los participantes consienten expresamente que sus datos sean almacenados y tratados con la finalidad de poderles remitir, incluso por medios electrónicos, información sobre las actividades, novedades comerciales, promociones, publicaciones y/o cualquier otra información de Shotfest2024 que pueda resultar de su interés.
9.2. La entidad organizadora garantiza el tratamiento confidencial y con pleno respeto a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los datos personales que le sean proporcionados por los participantes, los cuales serán incorporados a un fichero del que la entidad organizadora será titular y responsable. Los datos serán tratados con la doble finalidad promocional, en los términos antedichos, y de gestión del premio.
9.3. A la aceptación del premio, el/la Ganador/a otorgará su consentimiento a la entidad organizadora para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de la entidad organizadora de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que estos se relacionen con el presente concurso, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa.
9.4. Asimismo, con la aceptación del premio, el/la ganador/a otorgará su consentimiento a la entidad organizadora para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de la entidad organizadora de su foto/s participante/s en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa, y sin necesidad de citar la autoría.
9.5. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, deberá remitirse un escrito a la entidad organizadora identificado con la referencia “Protección de Datos”, en el que se concrete la solicitud correspondiente y al que acompañe fotocopia de su documento identificativo oficial a la siguiente dirección: lopd@grupo014.com. Además, si lo desea, podrá oponerse a alguno de los concretos tratamientos mencionados en este apartado por el mismo medio, debiendo indicar en ese caso el tratamiento específico al cual se opone.
9.6. La mecánica de la acción exige que los datos sean facilitados de forma veraz y completa. Si los datos de carácter personal fueran inciertos e incompletos, la entidad organizadora quedaría liberada, respecto de los casos concretos, del buen fin de la acción y de cualquier consecuencia relacionada con lo anterior, el/la participante no podrá ser considerado/a ganador/a.
10. RESERVAS Y LIMITACIONES
10.1. La entidad organizadora pretende que la participación en el Concurso de los Participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ello, cualquier conducta abusiva o fraudulenta podrá dar lugar a la descalificación del Participante en cuestión y a la pérdida de cualquier premio que hubiera podido obtener. Se entenderá, a título enunciativo, pero no limitativo, que se produce una actitud maliciosa cuando exista una participación masiva o desproporcionada, o bien, cuando se produzca algún tipo de fraude o falsificación en su participación.
10.2. La entidad organizadora se reserva el derecho a cambiar, suspender o modificar el presente Concurso cuando concurra justa causa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla en término en la forma en que se recogen en las Bases.
10.3. Los premios no serán susceptibles de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores.
10.4. La entidad organizadora no se responsabiliza del uso indebido del Premio.
11. FISCALIDAD
11.1. De conformidad con la citada normativa, se informará a los Participantes en el presente Concurso de que los premios concertados por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF, siempre que el valor del premio sea superior a trescientos euros (300,00.-€).
11.2. El ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI, tarjeta de residente y/o documento complementario que le permita identificarse, si así fuera requerido por parte de la entidad organizadora.
11.3. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar, en todo caso y a requerimiento de la entidad gestora del concurso, un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
11.4. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho a la recepción del premio.
11.7. La entidad organizadora asumirá la íntegra tributación que en materia de la LAE (Loterías y Apuestas del Estado) que le corresponda y que dimane de la gestión de este concurso, únicamente, en territorio español, si resulta de aplicación al caso presente.
12. LEY APLICABLE Y SUMISIÓN JURISDICCIONAL.
12.1. Este Concurso se rige por la ley española. Para cualquier cuestión derivada de la aplicación, interpretación o cumplimiento del Concurso, de las Bases Legales y de cualquier documentación generada en y para este Concurso serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital).
13. ACEPTACIÓN
13.1. El participante, por el mero hecho de participar en el concurso, acepta las Bases del presente Concurso.
13.2. La entidad organizadora se reserva el derecho de anular el Concurso en cualquier momento, excluir a aquellos participantes cuya conducta o abuso lo haga aconsejable para el buen desarrollo de la promoción y/o modificar las presentes bases en caso de que se aprecie, justificadamente, la concurrencia de circunstancias que pudieran influir en la objetividad y transparencia de la promoción.
13.3. Cualquier incidencia que pudiera surgir y que no se encuentre reflejada en las presentes bases será resuelta por la entidad organizadora, según su criterio, sin que quepa reclamación alguna.
Asimismo, las presente Bases permanecerán publicadas en la página web oficial siguiente: https://www.Shotfest.es